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La acreditación de competencias según la nueva ley de Formación Profesional

La acreditación de competencias según la nueva ley de Formación Profesional

La nueva ley de Formación Profesional constituye el punto de unión entre la FP del sistema educativo y la FP para el empleo, dedicada principalmente a la formación continua de los trabajadores y la acreditación de competencias mediante la experiencia laboral.

Así, la nueva ley presenta un itinerario de aprendizaje fraccionado por módulos a lo largo de la vida contemplando desde la acreditación parcial de competencias a través de cursos de especialización.

El nuevo modelo de Formación Profesional se divide en cinco grados:

· Grado A: Acreditación parcial de competencias
· Grado B: Certificado de Competencia Profesional
· Grado C: Certificado Profesional
· Grado D: Ciclos Formativos (Grado Básico, Grado Medio y Grado Superior)
· Grado E: Cursos de especialización (título de especialista y Máster Profesional)

A los tres primeros solo podrán acceder personas mayores de 18 años, y son los que afectan a la formación profesional para el empleo y en la que se centra la acreditación de competencias a través de la experiencia laboral y los certificados de profesionalidad. A partir de esta estructura, cada persona puede diseñar y configurar itinerarios propios adaptados a sus expectativas profesionales, sus circunstancias personales o sus necesidades laborales, según expone el Ministerio de Educación y Formación Profesional.

Si nos detenemos a estudiar detalladamente los bloques A, B y C, relacionados estrechamente con la materia que estamos tratando, encontramos:

Grado A: Acreditación parcial de competencias

Constituye la base del sistema de formación profesional, con carácter parcial y acumulable permite obtener una acreditación parcial de la competencia. Es el resultado de aprendizaje incluido en un certificado de profesionalidad, es decir, de un módulo profesional de los que figuran en el Catálogo Modular de Formación Profesional y vinculado al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

La Administración competente se encarga de establecer la duración y la estructura de la oferta formativa según el currículo aprobado y su carga horaria. La superación de una formación de Grado A supone la obtención de una acreditación parcial de competencia cuya validez se extiende a todo el territorio nacional. Completándose todas las acreditaciones parciales de cada módulo profesional se supera el Grupo B y el alumno obtiene un certificado de competencia profesional.

Grado B: Certificado de Competencia Profesional

A raíz de superar un módulo profesional incluido en el Catálogo Modular de Formación Profesional, o bien por la superación del Grado A, se obtiene el Certificado de Competencia Profesional. La estructura y duración se establece según la carga horaria del módulo profesional que corresponda.

Una vez superado el módulo profesional el alumno obtendrá el Certificado de Competencia, en el que se describen los estándares de competencia profesional asociados al mismo. La Administración competente es la encargada de otorgar estos certificados, válidos en todo el territorio español.

Grado C: Certificado Profesional

Una vez que los alumnos superen varios módulos profesionales del Catálogo Modular de Formación Profesional obtienen el Certificado Profesional. La Administración competente establecerá su diseño y estructura organizada en niveles 1, 2 y 3.

Estos certificados tendrán validez nacional, sin embargo las credenciales expedidas por las Administraciones competentes por la superación de cursos que no estén incluidos en el Catálogo Nacional de Ofertas de Formación Profesional como cursos de Grado C, solo son válidos a nivel autonómico.

Las personas que hayan adquirido competencias profesionales a través de su experiencia laboral o por vías no formales de formación pueden acreditarlas oficialmente gracias a que el procedimiento se encuentra abierto de forma permanente. Asimismo podrán acceder a él las personas incluidas en la población activa con experiencia laboral que no dispongan de acreditación, certificado o título que valide todas sus competencias profesionales.